viernes, 11 de noviembre de 2011

PARA COMENTAR Y DEBATIR: COSTO DE LOS UNIFORMES DE TRABAJO

Nos han llegado varias consultas respecto a si resulta lícito que el empleador descuente de las remuneraciones de sus trabajadores el costo de la vestimenta que utilizan en el trabajo.

Al respecto, queremos compartir con ustedes la doctrina que ha sostenido la Dirección del Trabajo, ya desde el año 1999, por medio de la cual ha afirmado que, el empleador se encuentra obligado a asumir el costo de la ropa de trabajo, no sólo en la situación prevista en el artículo 184 del Código del Trabajo -norma que exige al empleador mantener los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales-, sino que también, cuando el uso de la ropa de trabajo ha sido exigida por el empleador a sus trabajadores por razones de imagen corporativa.

Y la razón de ello es bien simple: "la utilización de una vestimenta de trabajo determinada obedece a la voluntad del empleador, quien, en uso de sus facultades de dirección y administración, impone tal exigencia para la ejecución de las respectivas labores" (entre otros, Dictámenes Nº 1650/022 de 14-04-2011; 842/40 de 9-03-2001; 3927/228 de 30-07-1999).

En su empresa: ¿Quién asume el costo de los uniformes de trabajo?
Déjennos sus comentarios y opiniones!

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