lunes, 22 de agosto de 2011

Se declara constitucional requisito de consignación previa para apelar

Ante un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 8 de la Ley 17.322 (sobre cobro de cotizaciones de seguridad social), que exige como requisito previo a la interposición de un recurso de apelación deducido por el ejecutado o la institución de seguridad social, la consignación de la suma total que la sentencia recurrida ordena pagar, el Tribunal Constitucional declaró que la norma en referencia es constitucional y que ésta no infringe las garantías del debido proceso, igualdad ante la justicia y tutela judicial efectiva, fundado –principalmente- en que la norma en cuestión persigue proteger una garantía constitucional como es la “seguridad social”, evitando la dilación en el pago de las cotizaciones previsionales que son de propiedad del trabajador.
Ver Fallo Completo

1 comentario:

Anónimo dijo...

Interesante!