jueves, 4 de agosto de 2011

Fallo permite dar un paso importante para evitar la discriminación

Por sentencia de fecha 9 de Agosto de 2010, la Jueza Titular del 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, doña Alejandra Aguilar, acogió la acción de tutela de derechos fundamentales con ocasión del despido interpuesta por una educadora de párvulos en contra del Colegio Monte Tabor y Nazaret.
La garantía fundamental vulnerada fue el derecho a no ser objeto de discriminación en razón de la edad, toda vez que se acreditó en el proceso que la “motivación para la desvinculación de la actora fue su edad”, atendido  que ante un proceso de capacitación de las educadoras en el idioma Inglés, el Colegio estimó que no iba a recibir retorno de la inversión realizada respecto de la demandante ya que le quedaban pocos años de vida laboral. Ante ello, la Magistrado estimó que la decisión del Colegio se basó en un prejuicio y constituyó un acto de discriminación que afectó la dignidad humana y el derecho al trabajo de la demandante, siendo totalmente irracional el argumento entregado por la demandada en torno a que lo invertido en capacitación a favor de la trabajadora no retornará por la edad de la misma, ya que de todos modos ese retorno también es incierto respecto de trabajadores que tengan una mejor oferta laboral y decidan renunciar.
Con este fallo se da un paso más en el largo camino por lograr un respeto efectivo de los derechos fundamentales de los trabajadores y, en definitiva, una sociedad inclusiva, tolerante de la diversidad.

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