Con fecha 18 de octubre de 2010 la Dirección del Trabajo emitió el Dictamen Ord. N° 4550/077, que estableció “que resulta procedente remunerar a la auxiliar de párvulos que se desempeña en un jardín infantil con una jornada ordinaria de trabajo de 33 hrs semanales, con el Ingreso Mínimo Mensual, determinado en proporción a dicha jornada.”, creando con ello una nueva figura de jornada parcial ya que el Código del Trabajo la define expresamente como aquella que no supere los dos tercios de la jornada ordinaria del artículo 22, es decir, que no supere las 30 horas semanales.
A continuación les invitamos a leer algunas reflexiones en torno al criterio que ha sido sustentado por la Dirección del Trabajo, en base al siguiente documento (pinche aquí).
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