domingo, 18 de septiembre de 2011

Empresas condenadas por Prácticas Antisindicales, Primer Semestre 2011

De conformidad a lo ordenado por el art. 294 bis del Código del Trabajo, la Dirección del Trabajo publicó recientemente en su sitio web el registro de sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales correspondiente al primer semestre del año 2011.
El total de empresas condenadas a nivel nacional fue de 75, y en nuestra Región sólo se condenó a una empresa que pertenece al rubro forestal. En efecto, el Tribunal de Letras del Trabajo de Los Ángeles condenó a la Empresa Industria Maderera Inngal por no descontar y pagar al sindicato la cuota sindical y el aporte del 75% de dicha cuota dentro del plazo legal.
Otro dato interesante que arroja esta publicación dice relación con las causas más frecuentes de prácticas antinsicales, entre las cuales están: (1) separación ilegal de trabajadores con fuero; (2) actos de injerencia sindical, (3) actos de hostigamiento a trabajadores y dirigentes sindicales, y (4) obstaculizar el funcionamiento de sindicatos.

Los invitamos a reflexionar y debatir:
Para ver la noticia pinche aquí.
Para ver nota publicada en el mostrador, pinche aquí.

jueves, 15 de septiembre de 2011

19 DE SEPTIEMBRE: FERIADO IRRENUNCIABLE TRABAJADORES DEL COMERCIO

El pasado 14 de septiembre, el congreso dió aprobación al proyecto de ley que declara que el día 19 de septiembre de 2011 será feriado obligatorio e irrenunciable para todos los trabajadores dependientes del comercio, y que las infracciones serán sancionadas con multa de conformidad a lo dispuesto por el art. 2 de la Ley 19.973.
Eso sí, hay que tener presente las siguientes consideraciones:
  • El feriado sólo recaerá en el día 19 de septiembre del año 2011.
  • Se exceptúan de este derecho los trabajadores que se desempeñen en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados. Asimismo, no se aplicará a los trabajadores de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria (art. 2 Ley 19.973).
Para asegurar el cumplimiento efectivo de este derecho a descanso, la Dirección del Trabajo anunció que: "durante los días 18 y 19, equipos fiscalizadores de la DT recorrerán en todo el país distintos sectores comerciales para verificar la prohibición de funcionamiento". También se acogerán denuncias y se procederá a verificarlas (ver noticia). 

miércoles, 14 de septiembre de 2011

INGRESO MÍNIMO Y JORNADAS INFERIORES A 45 HORAS SEMANALES

Los invitamos a conocer una interesante sentencia pronunciada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago con fecha 16 de agosto de 2011, por medio de la cual se declara la nulidad de los anexos de contratos de trabajo celebrados entre los trabajadores demandantes y La Dehesa Store Limitada (Ripley) que establecían una reducción de la jornada de trabajo de 45 a 40 horas semanales, y a consecuencia de ello el pago del ingreso mínimo mensual en proporción a la referida jornada.
El criterio sustentado por el tribunal se centró en que el contrato a jornada parcial es aquel en que la jornada de trabajo no supera los dos tercios de la jornada ordinaria (30 horas semanales), de acuerdo a lo dispuesto por el art. 40 bis del C. del Trabajo, por lo que al estar frente a contratos de trabajo cuya jornada es de 40 horas semanales, la remuneración debe ser, a lo menos, equivalente al ingreso mínimo mensual.
Finalmente, el sentenciador sostiene que no resulta aplicar al caso la teoría de los actos propios, toda vez que al estar vigente la relación laboral prima el principio de irrenunciabilidad de derechos, por lo que no tiene cabida el principio de autonomía de la voluntad.

lunes, 12 de septiembre de 2011

CON LA PRESENCIA DE AUTORIDADES, DIRIGENTES SINDICALES Y ABOGADOS DIMOS EL VAMOS OFICIAL A NUESTRO BLOG

El pasado viernes 9 de septiembre, en una ceremonia que estuvo encabezada por el Seremi de Justicia, Roberto Coloma del Valle, y en presencia de autoridades de la Corporación de Asistencia Judicial, defensores laborales, abogados particulares y dirigentes sindicales, dimos el vamos a nuestro blog LABORAL BIO BIO.
Los invitamos a visitar diariamente nuestro sitio, debatir, enviar comentarios, compartir experiencias, para que de ese modo demos vida y sentido a una herramienta que pretende estar al servicio de trabajadores, abogados y personas interesadas en el mundo laboral.
No olviden que cualquier aporte que deseen enviar para que lo comentemos a través del blog deben enviarlo al mail: laboralbiobio@gmail.com
La invitación está abierta.



jueves, 8 de septiembre de 2011

RECURSOS DE NULIDAD ACOGIDOS, CORTE DE APELACIONES DE CHILLÁN

Los invitamos a revisar los criterios sustentados por la Corte de Apelaciones de Chillán en los recursos de nulidad que se han conocido durante el año 2011 y han sido acogidos.
- Rol 3-2011: vulneración de las reglas de la sana crítica y prueba de indicios.
- Rol 5-2011: omisión de los requisitos de la sentencia.
- Rol 7-2011: sanción del art. 162 del CT no se aplica a los contratos de plazo fijo.
- Rol 25-2011: decisiones contradictorias.
- Rol 26-2011: decisiones contradictorias.
- Rol 28-2011: procede aplicar la sanción del art. 162 del CT en los casos de informalidad laboral.
- Rol 41-2011: el deber de protección de la vida y salud de los trabajadores es de naturaleza contractual, por lo que el incumplimiento de dichas obligaciones se presume culpable.
- Rol 50-2011: se vulneran las normas reguladoras de la prueba cuando se alteran las reglas del onus probandi.

Para ver archivo excel con resumen de los recursos de nulidad conocidos por la Corte de Apelaciones de Chillán durante el año 2011 pinche aquí.

RECURSOS DE NULIDAD ACOGIDOS: CORTE DE APELACIONES DE CONCEPCIÓN

Los invitamos a conocer los criterios sustentados por la Corte de Apelaciones de Concepción en las sentencias que acogieron los recursos de nulidad conocidos en el mes de Agosto de 2011 y lo que va del mes de Septiembre de 2011.

- Rol 219-2011: Derechos contemplados en art. 201 del CT no son aplicables a quien detenta el cargo de administrador municipal.
- Rol 218-2011: Para que un testigo pueda declarar en la audiencia de juicio se requiere que previamente se haya comprobado su identidad, a fin de que se verifique que sea la misma persona que fue individualizada en la audiencia preparatoria.
- Rol 212-2011(nulidad de oficio): Tribunales del trabajo son incompetentes para conocer de acción de tutela de derechos fundamentales deducida por un funcionario público, ya que Estatuto Administrativo contiene normas relativas al término de los servicios.
- Rol 207-2011: No se exceden facultades legales de la Dirección del Trabajo cuando se está ante infracciones objetivas. Procede cursar multa a una empresa que despide a una trabajadora  por la causal de necesidades de la empresa, y que está gozando de licencia médica.
- Rol 203-2011: sentencia dictada por juez legalmente implicado.

Para ver archivo excel con resumen de los recursos de nulidad conocidos por la Corte de Apelaciones de Concepción en el mes de Agosto de 2011 y lo que va del mes de septiembre de 2011, pinche aquí.

 

lunes, 5 de septiembre de 2011

DEBATE LABORAL: REFORMA LABORAL Y DISTRIBUCIÓN DEL INGRESO.

Los invitamos a leer y reflexionar en torno a un artículo suscrito por numerosos profesores de derecho del trabajo, que fue publicado en el Periódico The Clinic, y que da cuenta de la necesidad de abordar una reforma laboral para acabar con las diferencias abismantes que existen entre los chilenos.
El tema central es ¿cómo mejorar la distribución del ingreso en nuestro país?, y para ello estos destacados profesores postulan que es indispensable contar con negociación colectiva por área de actividad y un derecho de huelga reconocido como un verdadero derecho fundamental.

   *Publicado en The Clinic.

jueves, 1 de septiembre de 2011

DEFENSORIA LABORAL REALIZA TALLER PRACTICO SOBRE EMPRESAS DE SERVICIOS TRANSITORIOS

El viernes 26 de agosto, en las dependencias de la Universidad San Sebastián, la Defensoría Laboral de la Región de Bio Bio llevó a cabo un taller práctico sobre empresas de servicios transitorios, donde participaron defensores laborales, magistrados del Tribunal de Letras del Trabajo de Concepción, y el Ministro de la Ilustrísima Corte de Concepción, don Juan Villa.
Luego de la exposición realizada por el Defensor Laboral Rodrigo Soto Machuca, sobre el marco legal del “régimen de suministro de trabajadores”, se generó un interesante debate en torno a la aplicación práctica de las sanciones legales establecidas para los casos de suministro ilegal, la vulneración de derechos fundamentales por parte de la empresa usuaria, la reglamentación especial que existe en torno al fuero maternal, entre otras materias.